En el artículo de hoy hablaremos del tema de moda de cada año en los meses de abril a Junio, la renta. Concretamente de cómo se aplican los gastos médicos deducibles en comunidades como Canarias y Cantabria.
¿En qué casilla de la declaración de la renta se ponen las deducciones de gastos médicos? Todas las facturas médicas, independientemente de la especialidad se consignan en el mismo lugar; en las deducciones autonómicas de la declaración de la AEAT, hay que destacar que en cada Comunidad autónoma puede ser diferente. Es fácil que pasen desapercibidas o que se nos olviden, por eso queremos orientaros en cómo incluirlas.
¿Cómo Desgravar el dentista y los gastos médicos en la declaración de la renta de Canarias?
Los contribuyentes residentes en el archipiélago canario aplicaran los gastos médicos deducibles por enfermedad en la casilla 940 del formulario donde se reflejará la suma de los siguientes importes
- El 10% de gastos y honorarios profesionales abonados durante el año por la prestación de servicios realizados por profesionales sanitarios, excepto farmacéuticos. Por motivo de prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez. Se excluyen las operaciones con fines estéticos, salvo que tengan como fin reparar daños causados por accidentes o intervenciones que afecten a las personas y los tratamientos destinados a la identidad sexual.
- El 10% de los gastos por la compra de aparatos y/o complementos, incluidas las gafas graduadas y lentillas, destinadas a suplir las deficiencias visuales o físicas de las personas.
Estas deducciones pueden aplicarse tanto por los gastos del propio contribuyente como los de las personas que se incluyan en el núcleo familiar.
Gastos máximos médicos
El máximo de gastos médicos deducibles será de 500€ en la tributación individual y de 700 en la tributación conjunta. En tributación individual el límite se incrementará en 100 euros en caso de que el contribuyente sea una persona con discapacidad en grado igual o superior al 65%.
Estos pagos deben ser acreditados con facturas, justificante de tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheques nominativos o ingreso en cuenta o entidades de crédito de las personas o entidades que presten los servicios.
A priori, solo la persona que tenga el gasto, el titular de la factura podrá realizar esta deducción. Aunque se admite que se lo deduzca otra persona en caso de que exista alguna prueba. Esta persona se podrá aplicar la deducción por la totalidad de las cantidades que haya invertido. No obstante, en el caso de matrimonios las cantidades satisfechas se podrán atribuir a ambos cónyuges por partes iguales. Por lo que ambos padres podrán aplicar la deducción sobre la mitad de las cantidades satisfechas por los gastos originados por los hijos. Aunque la factura esté a nombre de uno solo de ellos.
Otro requisito es que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, casillas [0435] y [0460], no debe superar:
- 39.000€ en tributación individual.
- 52.000€ en tributación conjunta.
¿Cómo desgravar el dentista y los gastos en la declaración de la renta de Cantabria?
La deducción autonómica por gastos médicos deducibles por enfermedad lleva varios años aplicándose, se plasma en la casilla 954 del formulario de la AEAT de Cantabria.
Los residentes de esta comunidad podrán deducirse el 10% de los gastos y honorarios profesionales abonados durante el año por la prestación de servicios sanitarios con motivo de enfermedad. Tanto propios como de las personas que se incluyan en el núcleo familiar.
Al igual que en Canarias el máximo a deducirse es de 500 euros para tributación individual y 700 para declaración conjunta. Dichos límites se incrementarán en 100 euros en tributación individual. Cuando el contribuyente sea una persona con discapacidad en grado igual o superior al 65% y en el caso de una tributación conjunta y de las mismas características; la deducción es de 100 euros por cada contribuyente con dicha discapacidad. Otro requisito para la aplicación de la deducción es que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, sumen las casillas [0435] y [0460] de la declaración, y que sea inferior a 22.946€ en tributación individual y a 31.485€ en tributación conjunta.